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LIDE. Art. 12. Conceptos |
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Para los efectos de esta Ley, se entenderá por:
Persona moral y sistema financiero
Persona moral y sistema financiero, a los que la Ley del Impuesto sobre la Renta considera como tales, a las sociedades operadoras de sociedades de inversión y a las sociedades que presten servicios de distribución de acciones de sociedades de inversión.
LISR 8
Depósitos en efectivo conforme a la LGTOC
Depósitos en efectivo, además de los que se consideren como tales conforme a la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, a las adquisiciones en efectivo de cheques de caja.
Cuenta concentradora
Cuenta concentradora, a la que tenga a su nombre una institución del sistema financiero en otra institución del sistema financiero para recibir recursos de sus clientes.
Beneficiario final
Beneficiario final, a la persona física o moral que sea cliente de la institución del sistema financiero titular de una cuenta concentradora.