RIMSS Título II. Capítulo III. Sección III. Del Presidente de la Comisión de Vigilancia.

 

 

Artículo 60. La Presidencia de la Comisión será rotativa entre los sectores que la conforman y durará un año. La designación del Presidente se hará en la sesión inmediata posterior a la Asamblea General Ordinaria del Instituto de principio de año.

Artículo 61. Cada vez que la Comisión designe Presidente, su designación y su firma se darán a conocer al Consejo Técnico, al Director General, a los órganos Normativos, Colegiados, de Operación Administrativa Desconcentrada y Operativos del Instituto, así como a los sectores que de acuerdo con la Ley propusieron a los miembros de la Comisión y a las empresas e instituciones relacionadas con la operación del Instituto.

Artículo 62. Son atribuciones del Presidente de la Comisión:

  1. Presidir las sesiones de la Comisión y firmar las actas de las sesiones;

  2. Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias;

  3. Ejecutar y comunicar los acuerdos de la Comisión, así como informar en cada sesión del seguimiento de los mismos;

  4. Representar a la Comisión ante la Asamblea General, el Consejo Técnico, el Director General y todos los demás órganos y unidades administrativas del Instituto, así como ante toda clase de autoridades, instituciones o personas;

  5. Preparar el dictamen sobre el informe de actividades y los estados financieros del Instituto y, una vez aprobados por la Comisión, presentarlo a la Asamblea General;

  6. Preparar y presentar oportunamente a la Comisión el programa de trabajo de ésta para el siguiente ejercicio;

  7. Preparar el presupuesto de egresos de la Comisión y una vez aprobado por la misma, presentarlo oportunamente al Director General para que se incluya en el anteproyecto de presupuesto del Instituto;

  8. Asistir a todos aquellos actos que interesen a la Comisión;

  9. Firmar la correspondencia de trámite, y

  10. Autorizar los gastos aprobados por la Comisión, así como gestionar la adscripción y retiro del personal que la misma determine.