Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 331318
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 08/09/1938 00:00
PULQUE, IMPUESTO EN CASO DE.

De la Ley de Impuestos sobre Aguamiel y Productos de su Fermentación, y de su reglamento, se desprende que es necesario para no pagar el impuesto respectivo, comprobar el hecho de que determinada cantidad del producto se tiró, ya por descomposición o ya por otra causa, pues de otro modo, carecerían de aplicación los artículos relativos de los mismos, en atención a que bastaría afirmar que el pulque se derramó, para no estar ya obligado a expedir la documentación exigida por la ley.

Amparo administrativo en revisión 2436/38. Ramírez J. Encarnación. 8 de septiembre de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. Relator: Agustín Aguirre Garza.