Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Mostrando solo tesis del 11/05/1938
Tesis
Registro digital: 331581
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 11/05/1938 00:00
COMISARIOS EJIDALES, FACULTADES DE LOS.

Del artículo 17, inciso b, del Código Agrario en vigor, se desprende que los comisariados ejidales no son competentes para ejecutar las resoluciones dotatorias respectivas, y si lo hacen, violan las garantías de los afectados.

Amparo administrativo en revisión 719/38. López Rodríguez Fernando y coagraviados. 11 de mayo de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Jesús Garza Cabello.