Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 311653
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Primera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 12/05/1936 00:00
REVISION, RATIFICACION DEL ESCRITO EN EL CUAL SE INTERPONE.

Si se interpone el recurso de revisión por escrito firmado por otra persona, a ruegos del recurrente, siendo de gran trascendencia jurídica el rechazamiento de un recurso, los Jueces de Distrito deben facilitar a los interesados los medios de hacer efectivos sus derechos; y si se duda de la autenticidad de la firma que calza un escrito, o bien, que éste aparezca firmado por persona distinta de la directamente interesada, y a su ruego, por no saber hacerlo aquélla, es equitativo que se ordene la ratificación del escrito respectivo y no desechar el recurso.

Queja en amparo civil 146/36. Vázquez Rosario. 12 de mayo de 1936. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.