Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 332353
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 12/11/1937 00:00
EJIDATARIOS, SUSPENSION TRATANDOSE DE PRIVARLOS DE SUS PARCELAS.

Si se reclama en amparo la resolución del Departamento Agrario y la orden de la delegación del mismo, que manda lanzar al quejoso de la parcela que tiene en un ejido; resolución que trata de ejecutar el comisariado ejidal, se trata de un conflicto de intereses dentro del mismo ejido y la suspensión debe concederse, puesto que si la autoridad responsable, sostiene que dicho quejoso no tiene derecho a la parcela, porque tiene bienes suficientes para poder subsistir fuera de la explotación agrícola, lo cual lo inhabilita para considerarlo como ejidatario, esa cuestión deberá resolverse al dictarse sentencia en el fondo, y procede mantener la situación jurídica que guarda el quejoso, dentro del ejido; mas como pudieran causarse perjuicios a los demás ejidatarios, debe exigirse la fianza correspondiente.

Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 5389/37. Nájera Daniel. 12 de noviembre de 1937. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.