Suprema Corte de Justicia de la Nación
Resultado 241475 de 284076
Tesis
Registro digital: 357231
Época: Quinta Época
Materia(s): Civil
Instancia: Tercera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 27/10/1937 00:00
NULIDAD DE ACTUACIONES, IMPROCEDENCIA DEL INCIDENTE DE (LEGISLACION DE SINALOA).

La ley no admite cualquier medio de prueba para acreditar, en el incidente de nulidad de actuaciones, el hecho de que el quejoso tuvo conocimiento de las resoluciones que ataca de nulas, sino que sólo acepta la prueba de actuaciones, el artículo 169 de la Ley de Enjuiciamiento Civil del Estado de Sinaloa, exige que aparezca de autos de modo indudable que el litigante se mostró sabedor de las resoluciones que objeta, y sólo establece la presunción de que conoció una resolución anterior, al enterarse de actuaciones posteriores, cuando aquélla se considera como antecedente indispensable de estas últimas.

Amparo civil en revisión 6878/36. Compañía Azucarera Almada, S. C. P. , en liquidación. 27 de octubre de 1937. Mayoría de tres votos. Disidentes: Luis Bazdresch y Alonso Pérez Gasga. La publicación no menciona el nombre del ponente.