Si se reclama en amparo únicamente la resolución judicial que anula una sentencia que otorgó alimentos, la suspensión del acto reclamado debe comunicarse sólo a la autoridad señalada como responsable, para que sean giradas las órdenes respectivas a las autoridades ejecutoras.
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 6498/37. Calderón de de la Rocha Consuelo. 11 de diciembre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.