Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 312818
Época: Quinta Época
Materia(s): Penal
Instancia: Primera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 26/10/1934 00:00
MINISTERIO PUBLICO, DEPARTAMENTO DE INVESTIGACIONES, AMPARO CONTRA ACTOS DEL.

Si el departamento de investigaciones pudiera reputarse autoridad, procedería, de acuerdo con el artículo 12 de la ley reglamentaria de los artículos 102 y 103 de la Constitución, pedir amparo contra el Ministerio Público, lo que es contrario a la doctrina y a la ley; pues el Ministerio Público, aun en los casos en que ejercita la acción penal o deja de hacerlo, obra no como autoridad, sino como parte, y el ejercicio de la acción penal es marcadamente de interés público, y la abstención o abandono de ella, aun siendo indebido o ilegal, no viola las garantías individuales.

Amparo penal. Revisión del auto que desechó la demanda 56/34. Jiménez Norberto. 26 de octubre de 1934. Mayoría de tres votos. Ausente: Enrique Osorno Aguilar. Disidente: Paulino Machorro y Narváez. La publicación no menciona el nombre del ponente.