Si una huelga tiene por objeto exigir el exacto cumplimiento de las obligaciones impuestas al patrono por la ley y el contrato de trabajo, será lícita.
Amparo directo en materia de trabajo 4502/38. Sindicato de Trabajadores de Molinos de Nixtamal y Similares de Ciudad Madero, Tamaulipas. 12 de diciembre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Alfredo Iñárritu.