Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 310322
Época: Quinta Época
Materia(s): Penal
Instancia: Primera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 02/09/1938 00:00
LEGITIMA DEFENSA (LEGISLACION DEL ESTADO DE VERACRUZ).

Conforme a la fracción I del artículo 44 del Código Penal vigente en el Estado de Veracruz, existe la excluyente de responsabilidad de legítima defensa, cuando se repele una agresión violenta, actual y sin derecho, de la cual resulte un peligro inminente.

Amparo penal directo 2062/38. Aguirre Francisco. 2 de septiembre de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Rodolfo Asiáin. La publicación no menciona el nombre del ponente.