Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Mostrando solo tesis del 10/06/1938
Tesis
Registro digital: 310469
Época: Quinta Época
Materia(s): Penal
Instancia: Primera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 10/06/1938 00:00
MIEDO GRAVE, EXCLUYENTE DE.

Esta excluyente no puede prosperar, cuando la causa de la emoción del miedo no reviste tal gravedad e inminencia, que haga perder al delincuente la conciencia de sus actos y el control de su voluntad, dado el tiempo transcurrido entre la amenaza de muerte proferida y el momento y ocasión de que se valió para cometer la infracción, en cuyo lapso estuvo en posibilidad física de obrar sin violar la ley.

Amparo penal directo 1012/38. López García Vicente. 10 de junio de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.