Si se reclama en amparo la resolución de segunda instancia que desestima la excepción de obscuridad o defecto legal en la forma de interponer la demanda, la suspensión debe concederse, mediante fianza, por surtirse los requisitos establecidos por el artículo 124 de la Ley de Amparo.
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 5270/36. Fernández del Valle Rosalía. 28 de noviembre de 1936. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.