Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 286303
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Pleno
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 14/05/1923 00:00
MULTA EXCESIVA.

Debe considerarse tal, la que constituye el despojo de aquél a quien se impone, y está prohibida por el artículo 22 constitucional.

Amparo administrativo en revisión. Sociedad Rogelio Gómez y Hermano. 14 de mayo de 1923. Unanimidad de nueve votos. Los Ministros Alberto M. González y Benito Flores no intervinieron en este negocio por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.