Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 379786
Época: Quinta Época
Materia(s): Laboral
Instancia: Cuarta Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 14/07/1938 00:00
JUNTAS, IMPROCEDENCIA DE LOS INCIDENTES DE NULIDAD, ANTE LAS.

Los acuerdos y laudos de las Juntas de Conciliación y Arbitraje, no pueden atacarse por medio de incidentes de nulidad, porque si se trata de violaciones a las leyes del procedimiento, deben reclamarse en el amparo que se pida en contra del laudo, y si se trata de violaciones a las leyes de fondo, debe igualmente acudirse al juicio de garantías, señalando los agravios que en concepto del quejoso, le causa el propio laudo.

Amparo en revisión en materia de trabajo 1400/38. Cepeda Flores Juana. 14 de julio de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.