Suprema Corte de Justicia de la Nación
Resultado 236996 de 284076
Tesis
Registro digital: 379921
Época: Quinta Época
Materia(s): Laboral
Instancia: Cuarta Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 08/09/1938 00:00
PROCEDIMIENTO, VIOLACIONES DEL, POR LAS JUNTAS.

Cuando el agravio se hace consistir en que la Junta responsable ha dejado de tomar en consideración algunas pruebas, no es necesario, para la procedencia del amparo, que el quejoso señale el precepto de la Ley Federal del Trabajo, que estima violado, pues basta con que señale el hecho de referencia para que se pueda entrar al estudio de la constitucionalidad del acto reclamado.

Amparo directo en materia de trabajo 3114/38. Agame Cecilio y coags. 8 de septiembre de 1938. Unanimidad de cinco votos. Relator: Xavier Icaza.