Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 380087
Época: Quinta Época
Materia(s): Laboral
Instancia: Cuarta Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 22/06/1938 00:00
TRABAJO, AMPARO EN MATERIA DE.

Si en una demanda de amparo se alega que se han violado por una Junta, los artículos 4o. y 14 constitucional, en virtud de que se priva a unos trabajadores del salario a que tienen derecho, sin que haya una resolución de autoridad competente, no está obligado el Juez de Distrito a estudiar esa cuestión, sino en la forma que le fue planteada, y si aparece que se impugna al respecto, exclusivamente. La competencia de la Junta y ésta es competente, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, no se violan las disposiciones constitucionales de referencia.

Amparo en revisión en materia de trabajo 1024/38. Zúñiga Paula y coagraviados. 22 de junio de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.