Suprema Corte de Justicia de la Naci贸n
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Tesis
Registro digital: 380301
脡poca: Quinta 脡poca
Materia(s): Laboral
Instancia: Cuarta Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Naci贸n
Publicaci贸n: 12/10/1937 00:00
MENORES, PRESCRIPCION DE LAS ACCIONES DE LOS, EN MATERIA TRABAJO.

La prescripci贸n no puede comenzar a correr contra menores de edad y dem谩s incapacitados, cuando 茅stos no tienen representaci贸n legal, de manera que si, un menor de edad tiene representaci贸n legal, por no haber sido adoptado en determinada fecha, es claro que si entre esa fecha y la en que se instaura la acci贸n, no ha transcurrido el a帽o que para la prescripci贸n establece el art铆culo 328 de la Ley Federal del Trabajo, debe otorgarse la protecci贸n constitucional que se solicite en contra del laudo pronunciado por una Junta absolviendo a la parte demandada, si tal absoluci贸n se funda en que se encontraba prescrita la acci贸n que intent贸 el representante del menor, que reclama una indemnizaci贸n por concepto de servicios prestados por un ascendiente del mencionado menor, que falleci贸 a causa de una enfermedad contra铆da al servicio de la parte demandada.

Amparo en revisi贸n en materia de trabajo 3064/37. Argaez Benigno. 12 de octubre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Salom贸n Gonz谩lez Blanco.