Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 2865
Clave: I-TS-2781
脡poca: Primera 脡poca
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS : Arts. 38, frac. XI del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta y 28, frac. XI del Reglamento anterior, en relaci贸n, respectivamente, con los arts. 41, frac. III y 50, frac. V de la Ley.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicaci贸n: 18/07/1938 00:00
DEDUCCI脫N POR CONTRIBUCIONES
Para la debida inteligencia de la fracci贸n XI del art铆culo 38 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente, que corresponde a la fracci贸n del mismo n煤mero del art铆culo 28 del Reglamento anterior, debe diferenciarse al agricultor del terrateniente, y concluir que el impuesto predial que se cubre por el terreno es deducible cuando el causante del impuesto sobre la renta es el agricultor, y no es de aceptarse en el caso de que el propietario del terreno sea persona distinta del agricultor. Expediente N煤mero 1191/38. Josefa Sanz de Sol贸rzano contra Junta Central Calificadora del Impuesto sobre la Renta. M茅xico, D.F., julio 18 de 1938. Resoluci贸n definitiva de la Primera Sala.
R.T.F.F. Primera 脡poca. A帽o II. No. s/n. Julio 1938. p. 2743