Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Resultado 236610 de 284076
Tesis
Registro digital: 3089
Clave: I-TS-2987
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS :Art. 17 de la Ley del Impuesto sobre la Renta y Arts. 24 y 123 de su Reglamento.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 11/10/1938 00:00
SOLICITUD DE DATOS A LOS CAUSANTES DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Atento lo dispuesto en el artículo 123 del Reglamento de la Ley de la materia acerca de que los citatorios que, la Oficina de Estudios Contables, y las Juntas Calificadoras, dirijan a los causantes deberán hacerse por escrito, y expresando los datos que el causante deba aportar, aclarar o corregir ante la Junta, se desprende que la solicitud debe hacerse con precisa relación al dato cuya explicación o prueba sean necesarias a dichas autoridades, y no puede imputarse al causante falta de comprobación de los datos manifestados cuando sobre el particular y en el citatorio no les fueran pedidos concretamente. Expediente Número 3871/938. Luis G. Torres contra Junta Central Calificadora del Impuesto sobre la Renta. México, D.F., octubre 11 de 1938. Resolución definitiva de la Primera Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año II. No. s/n. Agosto - Diciembre 1938. p. 3066