Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 196834
Época: Novena Época
Materia(s): Penal
Tesis: VII.P.68 P
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 15/08/2018 00:00
REPARACIÓN DEL DAÑO. CUÁNDO ES ILEGAL LA CONDENA A SU PAGO.

La condena a la reparación del daño es violatoria de las garantías constitucionales del quejoso si, a más de que no fue solicitada por el órgano acusador en sus conclusiones, el Magistrado responsable condenó a su pago con base en el detrimento que se le causó a las instalaciones de la paraestatal ofendida para obtener el combustible sustraído, ya que no se reprochó al inconforme el detrimento causado a aquélla sino el haberse apropiado ilícitamente del combustible.


TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL SÉPTIMO CIRCUITO.

Amparo directo 295/97. Fausto Álvarez Castro. 3 de diciembre de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Vicente Salazar Vera. Secretaria: Leticia López Vives.


Nota: Por ejecutoria del 15 de agosto de 2018, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 108/2018 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.