Suprema Corte de Justicia de la Naci贸n
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Tesis
Registro digital: 285637
脡poca: Quinta 脡poca
Materia(s): Com煤n
Instancia: Pleno
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Naci贸n
Publicaci贸n: 04/10/1923 00:00
EXPRESION DE AGRAVIOS.

La falta de expresi贸n de agravios en tiempo oportuno, da lugar a que no pueda tenerla en cuenta el Ministerio P煤blico, al formular su pedimento, y a que no puede establecerse la controversia sobre los derechos que se dicen violados en la sentencia, y, en todo caso, constituye una irregularidad en desacato de la Ley de Amparo; por lo cual debe declararse, en tales casos, que la sentencia de primera instancia, ha causado ejecutoria.

Amparo administrativo en revisi贸n. Chavarr铆a Pedro I. 4 de octubre de 1923. Mayor铆a de ocho votos. Ausente: V. Pimentel. Excusa: Sabino M.Olea. Disidente: Manuel Padilla.