Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 1006631
Época: Quinta Época
Materia(s): Penal
Tesis: 156 (H)
Instancia: Primera Sala
Tipo: Tesis Jurisprudenciales
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 14/01/1940 00:00
ORDEN DE APREHENSIÓN [TESIS HISTÓRICA].

Tratándose de la orden de aprehensión, no debe quedar solamente a juicio de la autoridad responsable la apreciación de las pruebas, sino que la Suprema Corte debe sustituirse al Juez a quo, para analizar los datos que arroje la averiguación, a fin de resolver si son o no suficientes para hacer probable la responsabilidad del inculpado; ya que de otra suerte, no habría autoridad que valorizara en definitiva esos datos ni sería posible la garantía que concede el artículo 16 constitucional.


Amparo en revisión 4037/28.—García Anacleto.—24 de abril de 1929.—Unanimidad de cuatro votos.


Amparo en revisión 2444/29.—Montemayor Emigdio.—21 de noviembre de 1930.—Mayoría de tres votos.


Amparo en revisión 806/29.—Torre Emilio.—2 de diciembre de 1930.—Mayoría de tres votos.


Amparo en revisión 1441/29.—Herrera Rafael.—4 de diciembre de 1930.—Cinco votos.


Amparo en revisión 2299/29.—Castillo Negrete Gonzalo del.—14 de enero de 1940.—Unanimidad de cuatro votos.


Apéndice 1917-2000, Tomo II, Materia Penal, Jurisprudencia, Tesis Históricas, página 737, Primera Sala, tesis 144 (H).


Nota: Histórica conforme a la nota genérica 2.