Suprema Corte de Justicia de la Naci贸n
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Mostrando solo tesis del 12/02/1869
Tesis
Registro digital: 240375
脡poca: S茅ptima 脡poca
Materia(s): Com煤n
Instancia: Tercera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Naci贸n
Publicaci贸n: 12/02/1869 00:00
PRUEBA TESTIMONIAL, VALORACION DE LA. SISTEMA QUE SIGUE NUESTRO DERECHO. (LEGISLACION DEL ESTADO DE QUERETARO).

Nuestro derecho sigue el sistema mixto en materia de apreciaci贸n de las pruebas, dentro del cual se concede arbitrio al juzgador en la apreciaci贸n de la testimonial; especialmente, el art铆culo 386 del C贸digo de Procedimientos del Estado de Quer茅taro determina que la prueba testimonial ser谩 valorizada seg煤n el prudente arbitrio del Juez, de donde hay que concluir que, si la apreciaci贸n del ad quem no contradice los principios de la l贸gica o los de la sana cr铆tica, debe respetarse.

Amparo directo 1374/83. Marco Antonio Jim茅nez Sullivan. 28 de julio de 1983. Cinco votos. Ponente: Jorge Olivera Toro. Secretaria: Gilda Rinc贸n Orta.


S茅ptima Epoca, Cuarta Parte:


Volumen 2, p谩gina 76. Amparo directo 5016/68. Fernando Dar铆o M茅ndez Barrag谩n. 12 de febrero de 1869. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas.