TFJFA 2016. Código Fiscal de la Federación (CFF)

 

 

TERCER TRIMESTRE (JULIO - SEPTIEMBRE)

AGOSTO

Contradicción de sentencias.- Procedencia de la denuncia y existencia de la contradicción, son cuestiones diferentes.

Plazo de suspensión establecido en el artículo 46-a, fracción IV, del Código Fiscal de la Federación, debe computarse de manera consecutiva

Revisión de gabinete. La autoridad tiene la obligación de examinar y valorar los documentos que la persona sujeta a revisión ofrezca para desvirtuar los hechos u omisiones consignados en el oficio de observaciones

Revisión del dictamen de estados financieros de los contribuyentes formulado por contador público, y revisión de gabinete de la documentación de los contribuyentes, previstas en las fracciones II y IV del artículo 42 del Código Fiscal de la Federación. Son facultades de comprobación autónomas e independientes acorde a lo dispuesto por el artículo 52-a de ese mismo ordenamiento. (legislación vigente durante 2008)

Certificación de la impresión de pantalla del sistema de información "vista integral 360°" del servicio de administración tributaria. Es una prueba idónea para acreditar el domicilio fiscal actual del contribuyente

Improcedencia del juicio contencioso administrativo. Caso en el que no se actualiza la causal prevista por la fracción I del artículo 202 del Código Fiscal de la Federación

Notificación por estrados prevista en el artículo 134 fracción III, del Código Fiscal de la Federación, únicamente procede cuando existen elementos suficientes para determinar que la persona interesada no es localizable en el domicilio señalado para efectos del registro federal de contribuyentes

Orden de visita domiciliaria en materia aduanera.- Para la debida fundamentación de las facultades de la autoridad para requerir documentación o los comprobantes que amparen la legal propiedad, posesión, estancia, tenencia o importación de mercancías de procedencia extranjera, debe citarse la fracción V del artículo 42 del Código Fiscal de la Federación

Mercancía importada decomisada por la autoridad aduanera.- Debe ordenarse su devolución al haberse declarado la nulidad de la determinación del Crédito Fiscal

Responsabilidad solidaria. Los asociantes respecto de las actividades de una asociación en participación. Condiciones para que se actualice

Inmovilización de depósitos bancarios. La fundamentación y motivación del oficio a través del cual se ordena no necesariamente debe coincidir con la del diverso por el que se notifica al contribuyente que se ha ejecutado tal medida

Inmovilización de depósitos bancarios. El oficio a través del cual se ordena debe satisfacer los requisitos de fundamentación y motivación

Inmovilización de depósitos bancarios. El servicio de administración tributaria es titular de esa facultad y por lo tanto, puede delegarla en sus unidades administrativas

Código Fiscal de la Federación. Respecto a la figura de prescripción de créditos fiscales prevista en el artículo 146, no opera la institución de la cosa juzgada o los efectos reflejos de ésta, aun cuando en un primer juicio se haya determinado que el crédito no prescribió

SEPTIEMBRE

El artículo 46-a apartado b, del Código Fiscal de la Federación, establece que tratándose de la verificación de origen a exportadores o productores de otros países, el plazo para la conclusión de la revisión fiscal es de dos años, sin que la autoridad se encuentre obligada a notificar al contribuyente tal circunstancia

Competencia por temporalidad. La autoridad emisora del acto impugnado no se encuentra obligada a sustentarla

Notificación por estrados prevista en el artículo 134 fracción III, del Código Fiscal de la Federación, únicamente procede cuando existen elementos suficientes para determinar que la persona interesada no es localizable en el domicilio señalado para efectos del registro federal de contribuyentes

Orden de visita domiciliaria en materia aduanera.- Para la debida fundamentación de las facultades de la autoridad para requerir documentación o los comprobantes que amparen la legal propiedad, posesión, estancia, tenencia o importación de mercancías de procedencia extranjera, debe citarse la fracción V del artículo 42 del Código Fiscal de la Federación

Notificaciones personales practicadas en materia fiscal. La utilización de medios informáticos a efecto de hacer constar los hechos que se deduzcan de las diligencias de notificación de manera impresa no las invalidan si cumplen con los requisitos previstos en el artículo 137 del Código Fiscal de la Federación

Conceptos de impugnación inoperantes. Son aquellos que reiteran argumentos de agravio que ya fueron materia de estudio en diverso juicio cuya resolución constituye cosa juzgada

Dictámenes de estados financieros.- Las opiniones o interpretaciones que se contengan sobre disposiciones fiscales, no obligan a las autoridades

Prueba pericial.- Su indebido desahogo constituye una violación trascendente al procedimiento que impide emitir sentencia definitiva

Determinación presuntiva de ingresos. La información proporcionada por la comisión nacional bancaria y de valores a las autoridades fiscales respecto de las cuentas bancarias de los contribuyentes, no afecta la esfera jurídica de los mismos

Queja.- Caso en que procede, tratándose de sentencias declarativas de nulidad lisa y llana

Devolución de saldo a favor. La orden de visita domiciliaria emitida con apoyo en el supuesto normativo previsto en el artículo 22, párrafo noveno, del Código Fiscal de la Federación, también debe fundarse en términos de la facultad de comprobación prevista en el artículo 42 Fracción III del propio ordenamiento

Saldo a favor o pago de lo indebido. La facultad de comprobación prevista en el artículo 22 del Código Fiscal de la Federación vigente hasta 2015, no incluye la atribución para determinar un Crédito Fiscal exigible a cargo de los contribuyentes

Notificación personal en materia fiscal. Debe efectuarse a una hora determinada del día hábil siguiente en que se dejó citatorio, sin que sea necesario que hayan transcurrido por lo menos 24 horas para tal efecto

Fundamentación excesiva de los actos de autoridad. No implica su ilegalidad

Visita domiciliaria. La legal notificación de la orden que se entiende con un tercero, requiere que la diligencia respectiva inicie a la hora precisada en el citatorio previo

Revisión de gabinete. La autoridad tiene la obligación de examinar y valorar los documentos que la persona sujeta a revisión ofrezca para desvirtuar los hechos u omisiones consignados en el oficio de observaciones

Notificación por estrados. Requisitos legales, interpretación de los artículos 134, 137 y 139 del Código Fiscal de la Federación, vigentes hasta el 31 de diciembre de 2013

Determinación presuntiva. Para que sea legal la autoridad debe fundar y motivar debidamente, el tipo de determinación empleada, la causal en que incurrió el contribuyente y el procedimiento seguido para tal efecto

Revisión de escritorio o gabinete. Su conclusión en el plazo de dos años debe encontrarse debidamente justificada

Revisión de escritorio o gabinete. La autoridad debe limitar sus facultades de comprobación en requerimientos posteriores a la calidad del contribuyente precisada en la orden correspondiente

Notificación. Resulta procedente otorgar valor probatorio pleno a la declaración realizada por el tercero con quien se entendió la diligencia en cuanto a su vínculo con el interesado, siempre que esta no hubiera sido declarada judicialmente como una simulación

Prueba pericial. Su falta de desahogo trae consigo una violación de procedimiento que impide el estudio del fondo del asunto